Con la entrada en vigencia de la Ley 142 de 1994, Ley de Servicios Públicos Domiciliarios y la Ley 143 de 1994, Ley Eléctrica y desde julio de 1997, con la expedición de la Resolución CREG 117, los consumidores o usuarios tienen la opción de escoger al suministrador de energía eléctrica llamado comercializador, no estando obligados a adquirir la energía del suministrador tradicional, normalmente el operador de la red, el cual es el encargado de la operación, mantenimiento y expansión de las redes eléctricas a las que están físicamente conectados los usuarios. Desde esa fecha se ha generado una verdadera revolución en el suministro de energía, de tal forma que hoy están siendo atendidos por comercializadores diferentes al operador de la red, una gran cantidad de clientes en todo el país, quienes tienen la oportunidad de escoger libremente al proveedor de la energía y de los bienes y servicios inherentes a este servicio.

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